A- de 2025
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Hector Alfonso Carvajal Londoño
✓Claimant Castañeda Cervantes Antonio Francisco·Respondent Municipio De Candelaria
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Conocimiento de procesos ejecutivos en los que se pretende el pago de obligaciones emanadas del Sistema de Seguridad Social Integral
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto entre el Juzgado 009 Administrativo de Barranquilla (Atlántico) y el Juzgado 001 Laboral del Circuito de Sabanalarga (Atlántico), causado por una demanda ejecutiva laboral presentada por un ciudadano, en contra del municipio de Candelaria (Atlántico), con el fin de solicitar el pago de una serie de acreencias laborales entre las que se encontraban: cesantías, vacaciones, prima de vacaciones, prima de servicio y prima de navidad, entre otras, por haberse desempeñado como auxiliar administrativo en dicho municipio.
Cumplidos los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena considera que corresponde a la jurisdicción ordinaria laboral la competencia para conocer la ejecución de obligaciones emanadas de la relación del trabajo y del sistema de seguridad social integral que no correspondan a otra autoridad y, en este caso, el proceso ejecutivo que generó el conflicto de competencia es de carácter laboral y no hace parte de aquellos cuyo conocimiento le corresponde a la jurisdicción de lo contencioso administrativo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 104.6 del CPACA.
La Sala advierte que el demandante dice contar con un título ejecutivo y, por ello, optó por presentar una demanda ejecutiva laboral, en lugar de una acción de nulidad y restablecimiento del derecho, asunto que corresponderá al juez laboral establecer.
Se reitera, conforme la regla del Auto 063/22, que según el artículo 104.6 de la Ley 1437/11 y el artículo 2.4 de la Ley 712/01, la jurisdicción ordinaria laboral es la competente conocer del asunto.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 009 Administrativo de Barranquilla (Atlántico) y el Juzgado 001 Laboral del Circuito de Sabanalarga (Atlántico) en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 001 Laboral del Circuito de Sabanalarga (Atlántico) es la autoridad competente para conocer el proceso.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-6888 al Juzgado 001 Laboral del Circuito de Sabanalarga (Atlántico) para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión al Juzgado 009 Administrativo de Barranquilla (Atlántico) y a los interesados dentro del trámite judicial.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.